Ciego y sordo frente a la hostilidad de la diplomacia chilena (por el reclamo peruano ante la Corte de La Haya) y a las críticas nacionales, el gobierno pondrá hoy en vigencia el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Chile, sin que este instrumento internacional haya pasado por el ineludible requisito constitucional de ser aprobado por el Congreso.
El ex ministro de Defensa, Roberto Chiabra, firmante del “Manifiesto Jorge Basadre”, dijo ayer a LA PRIMERA que este comportamiento ilegal es posible no sólo por el silencio cómplice del Congreso, que no ha cumplido con su obligación, sino también por la falta de interés político y además mediático en este tema, a pesar de la importancia que este tratado tiene.
Chiabra, ex jefe del Ejército, opinó que esta posición tímida a la que calificó además de subordinada, es un reflejo de la penetración económica chilena en el país y que alcanza también el campo de la dominación cultural, pues, dijo, hay muchas empresas del país del sur que trabajan acá y que influyen en los contenidos de diarios y programas de TV mediante el auspicio y la publicidad.
En este sentido, reconoció que LA PRIMERA ha sido uno de los pocos medios que le ha dedicado espacio a la necesidad de que el tratado comercial con Chile se desenvuelva bajo los parámetros democráticos que existen en el país y que exigían una mayor discusión del tema, antes de su puesta en vigencia.
“No se vayan a molestar…”
El congresista Isaac Mekler, miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, consideró que la actitud del gobierno de poner en vigencia el tratado, sin la aprobación del Parlamento, esconde el temor de que el convenio sea rechazado, porque favorece a determinados intereses y no representa un beneficio para el país.
Este es un tratado indigno para el Perú, expresó el congresista, pues no ha contado con el respaldo del Parlamento.
Además, dijo, refleja la actitud entreguista del actual gobierno que se definió de cuerpo entero cuando el presidente García profirió la tristemente célebre frase “no hagan nada; no se vayan a molestar los chilenos”, el año pasado.
Mekler sostuvo que, además de inconstitucional, este es un tratado comercial totalmente asimétrico en perjuicio de nuestro país, pues mientras el Perú es principalmente mono-exportador de molibdeno (un mineral) a Chile, la economía del sur exporta de todo a nuestro territorio.
Inconstitucional y lesivo
Por su parte, el ex canciller Manuel Rodríguez dijo que, al entrar en vigencia hoy el TLC con Chile se dará validez y fuerza obligatoria a un tratado que viola la Constitución no sólo en su procedimiento, sino en su contenido. No es equitativo y afecta los intereses del Estado, la sociedad y las empresas peruanas, apuntó.
El diplomático puntualizó los aspectos inconstitucionales y lesivos de este tratado, tomando distancia de cualquier ánimo subjetivo o “chovinista” y más bien, dijo, como producto de un análisis “ponderado, serio y sereno” del mismo.
Explicó que no es cierto, como afirma el gobierno, que se trata de un acuerdo ejecutivo o derivado y por ello no requería aprobación previa del Congreso. “La Constitución no distingue entre acuerdos sustantivos, derivados o ejecutivos”, precisó.
En tal sentido, se ha violado el artículo 56 de la Constitución Política que precisa que obligatoriamente deben ser sometidos a la aprobación del Congreso, antes de su ratificación por el presidente de la República, los tratados que en su contenido se refieran a la “Soberanía, dominio o integridad del Estado; Defensa Nacional y obligaciones financieras del Estado. También deben ser aprobados por el Congreso los tratados que crean, modifican o suprimen tributos; los que exigen modificación o derogación de alguna ley y los que requieren medidas legislativas para su ejecución.
Rodríguez Cuadros señaló que en muchos de los artículos y cláusulas del tratado, se afecta no sólo la soberanía, sino la defensa nacional y se desequilibra nuestra relación con Chile, es decir, es como una forma de traición.
Así, el artículo 22 establece una definición de territorio diferente a la que manda nuestra Constitución y no se habla además de “dominio marítimo” y tampoco se hace alusión al tema de las 200 millas marítimas.
En el capítulo 16, elimina la jurisdicción nacional para la resolución de controversias entre ambos estados y la sustituye por el arbitraje internacional. No se aplican las leyes peruanas, sino las disposiciones del tratado a las controversias Estado-Estado.
FUENTE : DIARIO LA PRIMERA
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